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UNIÓN EUROPEA – ORDENACIÓN DE FLUJOS MIGRATORIOS

El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) considera que Hungría, Polonia y República Checa han incumplido sus obligaciones derivadas del Derecho de la Unión (Decisión del Consejo de la UE de 2015, en ayuda de Italia y Grecia), al negarse a atenerse al mecanismo temporal de reubicación de solicitantes de protección internacional. En su sentencia, el TUE decreta que estos Estados no pueden invocar ni sus responsabilidades en materia de mantenimiento del orden público y de salvaguardia de la seguridad interior ni la supuesta disfunción de dicho mecanismo para no ejecutar el mismo. Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea