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Nueva directiva contra el terrorismo

NUEVA DIRECTIVA CONTRA EL TERRORISMO
Las nuevas normas - adoptadas por el Consejo el pasado 7 de marzo de 2017 -contribuirán a limitar los atentados terroristas al tipificar como actos terroristas, el adiestramiento, los viajes con fines terroristas o la organización de los mismos. Además se reforzará la legislación vigente sobre los derechos de las víctimas del terrorismo.

Refuerzo legislativo y tipificación de delitos
 
La nueva norma, en forma de Directiva, refuerza y amplía el ámbito de aplicación de la legislación vigente y tipifica como delito:
  • Los viajes o desplazamientos con fines terroristas que se efectúen desde la UE, desde otros países hacia la Unión o los desplazamientos internos entre los distintos Estados miembros.
  • También se considerará delito la organización y la preparación de dichos viajes.
  • Impartir o recibir adiestramiento con fines terroristas.
  • Aportar o recabar fondos para cometer delitos terroristas.

Amenaza terrorista
 
La amenaza terrorista ha aumentado y se ha desarrollado rápidamente en los últimos años:
  • Los denominados combatientes extranjeros se trasladan, tanto en el interior como en el exterior de nuestras fronteras, siempre con fines terroristas.
  • Aquellos que regresan, suponen una importante amenaza para la seguridad de todos los Estados miembros.
  •  Estos combatientes han estado relacionados con los atentados recientes que ha sufrido la UE.
  • La Unión y sus Estados se enfrentan a la creciente amenaza que representan las personas que, aunque permanecen dentro de Europa, reciben inspiración o instrucciones de grupos terroristas.
 
Derechos de las Víctimas del terrorismo
 
La Directiva recientemente adoptada también complementa la legislación vigente sobre los derechos de las víctimas del terrorismo y el refuerzo de los mecanismos de respuesta de emergencia inmediata después de un atentado.
 
Tomando en cuenta los valores de la UE basados en la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad así como el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales -y bajo los principios de la democracia y el Estado de Derecho, comunes todos ellos a los Estados miembros-, los actos terroristas constituyen una de las violaciones más graves de los mismos.
 
Esta Directiva complementará la legislación vigentes sobre los derechos de las víctimas del terrorismo, al incluir un catálogo de las necesidades específicas, como puede ser el acceso inmediato a servicios de apoyo profesionales que ofrezcan tratamiento médico y psicosocial, jurídico así como ayuda a un sistema de indemnización.
 
Liderazgo de España en la protección de las víctimas
 
Nuestro país ha sido uno de los máximos impulsores para promover estas medidas legislativas, en especial el reconocimiento a las víctimas y sus derechos, trasladando en gran medida, todo el desarrollo normativo y de apoyo a las víctimas que se ha desarrollado en nuestro Estado a la normativa comunitaria. En este sentido, destacar, la asistencia y apoyo a las víctimas; la protección de las mismas y el desarrollo de sus derechos, tanto en su país de residencia o si se ve afectada en otro país de la Unión.
 
Procedimiento
 
La nueva norma deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea y a partir de ese momento, los Estados miembros dispondrán de dieciocho meses para incorporarla a sus estructuras normativas.
 
 
FUENTE: UNIÓN EUROPEA
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