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Entrada en vigor de la Enmienda a la Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares

20 abril 2016
La Convención para la Protección Física de los Materiales Nucleares (CPFMN) firmada en 1980, y en vigor desde 1987, estableció el único régimen internacional obligatorio de protección física de los materiales nucleares empleados con fines pacíficos.
 
En la Conferencia Diplomática de julio de 2005 fue adoptada la Enmienda a la CPFMN con la finalidad de ampliar el ámbito de aplicación de las medidas de protección física a las instalaciones nucleares, así como a los materiales nucleares en su uso pacífico, almacenaje y transporte en el ámbito interno de cada Estado.
 

La Enmienda –que además cambió el nombre de la CPFMN por el de Convención para la Protección de los Materiales e Instalaciones Nucleares-, precisaba para su entrada en vigor de su ratificación por las dos terceras partes de los Estados signatarios.
 
En este sentido, y con el objetivo de ampliar el conjunto de normas internacionales con plena fuerza jurídica vinculante en el ámbito de la no proliferación, España ha mantenido en estos últimos años una política de acción exterior muy activa orientada a la obtención del mayor número posible de adhesiones a estos instrumentos, singularmente con la comunidad latinoamericana.
 
El día 8 de abril Nicaragua depositó su instrumento de ratificación a la Enmienda a la CPFMN ante la Organización Internacional de la Energía Atómica (OIEA), acto con el que pasó de ser un Estado signatario a ser un nuevo Estado Parte de este acuerdo.
 
Con esta incorporación la Enmienda cuenta ya con 102 adhesiones, número en que se sitúa el umbral de los dos tercios de los 152 Estados Parte de la CPFMN, necesarias para el inicio del cómputo del plazo de 30 días para su entrada en vigor que tendrá lugar el próximo 8 de mayo.
 
La arquitectura de seguridad establecida por la CPFMN y su Enmienda, junto con las Series de Recomendaciones de Seguridad Nuclear de la OIEA y las correspondientes regulaciones nacionales, están  orientadas a prevenir y responder a los supuestos de acceso ilícito a estos materiales e instalaciones y proteger a la comunidad internacional de los riesgos asociados a su extravío, sustracción, tráfico ilícito y, fundamentalmente, el riesgo de uso deliberado por elementos terroristas.
 
Así mismo, la Enmienda refuerza los mecanismos de cooperación internacional vigentes en este ámbito, ampliando los canales de asistencia y consulta directa entre los Estados Parte, de intercambio de información a través de los puntos de contacto nacionales y del seguimiento de su aplicación.
 
Para conocer más sobre esta noticia puede consultar el siguiente enlace: 
Key Nuclear Security Agreement to Enter Into Force on 8 May
 
Fuente: OIEA, MAEC (SGNPYD)
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