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Las Cortes Generales acuerdan la constitución y composición de la Comisión Mixta Congreso - Senado de Seguridad Nacional

La Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, aprobada con amplio respaldo parlamentario, prevé la designación en las Cortes Generales de una Comisión Mixta Congreso-Senado de Seguridad Nacional, con el fin de que las Cámaras tengan la participación adecuada en los ámbitos de la Seguridad Nacional y dispongan de la más amplia información sobre las iniciativas en el marco de la política de Seguridad Nacional.

Su composición es amplia al estar formada por 39 miembros, de los que ocho diputados y seis senadores serán designados por el Grupo Popular; seis diputados y cuatro senadores por el Grupo Socialista; cuatro diputados y dos senadores por el Grupo Podemos-En ComúPodem-En Marea; dos diputados por Ciudadanos; un diputado o un senador por ERC; un diputado o un senador por el Grupo Catalán (Democràcia i Llibertat); un diputado o un senador por el Grupo Vasco (EAJ-PNV), y un diputado o un senador por el Grupo Mixto.Estará presidida por la diputada del Grupo Popular Dña. María Dolores De Cospedal García.

La Comisión Mixta tendrá su sede en el Congreso de los Diputados, Cámara a la que pertenece su presidente y, en consecuencia, se regirá por el Reglamento de la Cámara Baja. En caso de la elección de un nuevo presidente durante la legislatura, se mantendrá la sede hasta que concluya el periodo de sesiones.

En el seno de esta Comisión Mixta comparecerá anualmente el Gobierno, a través del representante que designe, para informar sobre la evolución de la Seguridad Nacional en dicho período de referencia, lo que se materializará mediante la presentación del Informe Anual de Seguridad Nacional cuya aprobación corresponde al Consejo de Seguridad Nacional. Asimismo, en esta Comisión Mixta será presentada la Estrategia de Seguridad Nacional y sus revisiones.

La Comisión Mixta está llamada a estimular las iniciativas de todo tipo que consoliden el marco normativo y estratégico de la política de Seguridad Nacional de España, no solo a través de su participación en el ejercicio de la tarea de control de la acción del Gobierno en la materia, sino también ensanchando el soporte parlamentario que la política de Seguridad Nacional requiere como política pública en la que, bajo la dirección del Presidente del Gobierno y la responsabilidad del Gobierno, participan todas las Administraciones Públicas, de acuerdo con sus respectivas competencias, y la sociedad en general, para responder a las necesidades de la Seguridad Nacional, desde una perspectiva de política de Estado en beneficio de todos y con altura de miras.
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