La crisis migratoria y de refugiados en la UE y su impacto en el “espacio SCHENGEN”

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 La crisis migratoria y de refugiados en la UE
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22 enero 2016 - En el actual contexto de crisis migratoria y de refugiados en Europa, algunos países han venido acordando el establecimiento de controles temporales en sus fronteras. A principios de este año, han anunciado su aplicación los Gobiernos de Suecia y Dinamarca, sumándose a otros, como Alemania, Austria y Noruega, que adoptaron decisiones similares en 2015, ante la afluencia sin precedentes de personas de terceros países.

Todos estos países defienden la importancia de garantizar el “Espacio Schengen” y los valores que entraña para el conjunto de países que lo componen, especialmente en lo que se refiere a la libertad de circulación dentro de este entorno. Justifican, no obstante, sus decisiones en la necesidad de garantizar la seguridad y de gestionar adecuadamente el importante flujo de inmigrantes y demandantes de asilo en sus fronteras.

La Comisión Europea ha manifestado que se trata de medidas excepcionales que no vulneran la legalidad comunitaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa reguladora. El Código de fronteras Schengen prevé la reintroducción de controles en el caso de eventos de gran magnitud que requieran mayores medidas de seguridad, o bien en situación imprevistas de emergencia.

Consciente de las limitaciones que producen en la circulación de personas este tipo de actuaciones, desde el Ejecutivo comunitario se vienen manteniendo encuentros con los gobiernos que han optado por medidas de aquella naturaleza, y desarrollado esfuerzos importantes para impulsar iniciativas a corto, medio y largo plazo dirigidas a responder de forma coordinada y bajo un enfoque integral a la actual situación migratoria.

España participa activamente en la implementación de dichas acciones, orientadas a la prevención, control y ordenación de los flujos migratorios, así como en la preservación y respeto de los derechos de los migrantes y de aquellas personas necesitadas de protección internacional, en clara sintonía con lo establecido en la Estrategia de Seguridad Nacional.

 

Datos de Interés sobre inmigración en la Unión Europea

Entradas irregulares en las fronteras exteriores

En 2015 las entradas irregulares a la Unión Europea superaron  el millón de personas, cifra sensiblemente superior a la del año 2014, en el que se produjeron cerca de 284 mil. Los principales países de origen fueron Siria, Iraq y Afganistán, mientras que la ruta marítima hacia Grecia fue la que concentró el mayor volumen de llegadas.

Según la OIM, 2015 ha sido el año con el mayor número de fallecimientos (3.771) para migrantes y refugiados que cruzaron el Mediterráneo con la intención de llegar a Europa. En esta área se concentran, además, el 70% de la cifra total mundial de migrantes fallecidos (5.350) en dicho período.

Asilo en cifras

Según la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO), el número de solicitudes de asilo en la Unión Europea (UE) superó el millón entre enero y octubre de 2015.

La mayoría de los solicitantes fueron de nacionalidad siria (24 %), seguidos por los afganos (11 %) y los kosovares (8 %). Los países más demandados son Alemania, que ha recibido 288.740, seguido de Hungría (145.165) y Suecia (72.985).

 

 

“Saber más”: El espacio Schengen

El espacio Schengen garantiza la posibilidad de viajar sin restricciones por el territorio de 26 países en los que residen más de 400 millones de ciudadanos

Un espacio sin controles fronterizos internos

En la actualidad, el espacio Schengen está formado por 26 países europeos (de los cuales 22 son Estados miembros de la UE): Bélgica, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, los Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia, así como Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.

Al pertenecer a la zona libre de controles fronterizos internos, estos países:
  • no realizan controles fronterizos en sus fronteras interiores (entre dos Estados Schengen);
  • realizan controles armonizados, ajustados a criterios claramente definidos, en sus fronteras exteriores (es decir, en las fronteras entre un Estado Schengen y un Estado no perteneciente a Schengen).
  • Bulgaria, Croacia, Chipre, Irlanda, Rumanía y el Reino Unido son Estados miembros de la UE que no forman parte del espacio Schengen. Esto significa que los vuelos desde uno de estos Estados a un Estado Schengen se consideran exteriores y están sujetos a controles fronterizos.

Los ciudadanos de la UE tienen derecho a circular libremente cuando viajan por la Unión, tanto por los países pertenecientes a Schengen como por los demás. Cuando un ciudadano de la Unión entra en un Estado de la UE no perteneciente a Schengen, en principio es objeto de una inspección mínima para comprobar su identidad mediante la presentación de sus documentos de viaje (pasaporte o documento de identidad).

Fuente: Comisión Europea

 
 
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